sábado, 8 de noviembre de 2008

Los señoríos


El Señorío es una institución española propia de la Edad Media y Edad Moderna, muy similar a los otros modelos de feudos europeos. El Señorío supone el dominio sobre tierras y hombres, delegado por el Rey en otras personas o colectivos de modo hereditario. El titular acumula la jurisdicción sobre sus vasallos, las rentas y, casi siempre, el patrimonio. Los titulares de los señoríos pueden ser nobles o eclesiásticos (abades, obispos, cabildos u órdenes militares).
En virtud del Señorío Jurisdiccional los señores nombraban a las autoridades locales, ejercían la justicia y cobraban tributos. La institución suponía la fuente del poder político de la alta nobleza y su principal recurso económico. El Señorío Territorial va acompañado de la existencia de derechos de propiedad sobre una parte de la tierra, lo que se traduce en el cobro de unos cánones por la misma por parte del campesino.
Los Señoríos se originan durante la Edad Media, ante la incapacidad de los monarcas de dirigir el territorio y acometer sus empresas militares a través de un estado centralizado. La peculiaridad de la conquista de Al-Andalus por los reinos peninsulares facilitó la posibilidad de extensión de los señoríos como pago a la colaboración en la empresa de conquista. Desde la Baja Edad Media y durante la Edad Moderna, una alta aristocracia que mantiene el control político ve aumentar sus señoríos pese al fortalecimiento de una monarquía autoritaria. Este engrandecimiento se hace a costa de la cesión de miles de pueblos por la Corona. La institución del Mayorazgo ayuda a perpetuar el poder de las familias aristocráticas.
La jurisdicción señorial fue abolida durante el proceso de revolución liberal a comienzos del siglo XIX. Sin embargo, la aristocracia mantuvo su poder sobre la propiedad de la tierra y por extensión su hegemonía política y económica.
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